Informe de observación
Misión Electoral de la OEA en Guatemala rechaza nuevo intento del Ministerio Público de violar la voluntad popular
Organization of American States Electoral Observation Mission · December 8, 2023
Al responder el mismo día al Ministerio Público, que solicitaba una declaración de nulidad de las elecciones, la misión señala que los artículos 234 y 235 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos regulan de manera exhaustiva las causales de nulidad y que los motivos alegados no se ajustan a ellas; que, conforme al artículo 125(c), el Tribunal Supremo Electoral es el único órgano competente para decidir sobre la validez o nulidad de una elección; y que el Tribunal ya había proclamado los resultados y cerrado el proceso electoral el 31 de octubre. Aborda las dos alegaciones específicas: sobre la supuesta adulteración de la hoja de escrutinio 4, una comparación con el modelo publicado en el Acuerdo 50-2023 muestra que los campos de información son idénticos, sin que se haya añadido ni eliminado ningún campo, siendo la única diferencia que el modelo constaba de dos páginas y la hoja impresa de una; sobre la supuesta precarga del TREP, la misión verificó la puesta a cero de las bases de datos y repositorios a las 17:00 y que el repositorio seguía en cero a las 18:00 del día de la elección. Asimismo, registra una nueva solicitud para retirar la inmunidad del presidente electo Bernardo Arevalo y de miembros de Movimiento Semilla.
Citado por · 1
Cada registro de la base de datos que se apoya en esta fuente, agrupado por tipo.
Elecciones · 1